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CONTRATO DE PRESTACIONES DE EMPAQUE E INTERMEDIACIÓN DE MENSAJERÍA, que celebran por una parte YIRIAN SORALLA PÉREZ AMAYA con registro federal de contribuyentes número PEAY860409H7A a quien en lo sucesivo se le denominará como LERMAPACK y, por otra parte, EL REMITENTE, cuyos datos figuran en el ticket de venta entregado en sucursal, a quién en lo sucesivo se le denominará EL CLIENTE.

El objetivo del presente contrato consiste en la prestación de servicios de EMPAQUE E INTERMEDIACIÓN DE MENSAJERIA. Para efectos del presente contrato se entenderá como EMPAQUE el servicio de embalado de mercancía o artículos que LERMAPACK realizará dentro o fuera de su establecimiento, y por INTERMEDIACIÓN DE MENSAJERÍA el envío de documentos y/o paquetes hacia un destino local, nacional o internacional. Los servicios de empaque que realice LERMAPACK se ajustarán a los siguientes términos y condiciones:
  • LERMAPACK empacará el/los artículos descritos en el anverso del presente contrato, que en lo en lo sucesivo se denominará LAS MERCANCÍAS con los materiales que considere adecuados, previa aceptación por parte de EL CLIENTE.
  • LERMAPACK empacará LAS MERCANCÍAS de acuerdo a su fragilidad, previa aceptación expresa por parte de EL CLIENTE.
  • LERMAPACK sólo será responsable por reclamos de empaques efectuados contra entrega de éstos.

Cuando EL CLIENTE contrate los servicios de empaque se obliga frente a LERMAPACK a lo siguiente:
  • Informar adecuada y oportunamente las especificaciones, particularidades, cuidado y fragilidad de LAS MERCANCÍAS.
  • Pagar el importe correspondiente de los servicios de empaque, una vez realizado éste.
  • Hacer los reclamos por empaque, exclusivamente contra la entrega de este.
  • Conservar en su poder LAS MERCANCÍAS y en su caso, el material de empaque dañado, permitiendo con posterioridad que un representante designado por LERMAPACK realice la inspección de estos.

EL CLIENTE podrá solicitar a LERMAPACK los servicios de empaque en un lugar distinto a su establecimiento. Para tal efecto, EL CLIENTE informará a LERMAPACK el lugar y características de LAS MERCANCÍAS. Por su parte LERMAPACK hará del conocimiento de EL CLIENTE el tiempo aproximado para la prestación del servicio y la tarifa de este (que incluirá un cargo adicional por servicio a domicilio).

Como servicio adicional, LERMAPACK podrá actuar como agente intermediario en el servicio de MENSAJERÍA, si EL CLIENTE así lo requiere expresamente. Al respecto LERMAPACK tendrá las obligaciones siguientes:
  • Canalizar LAS MERCANCÍAS a la línea de transporte que, a su juicio, considere conveniente, tomando en consideración el destino o, en su caso, a la línea de transporte que indique expresamente EL CLIENTE.
  • Informar a la línea de transporte las características y fragilidad de LAS MERCANCÍAS.
  • Informar a EL CLIENTE el costo por los servicios de mensajería, así como el tiempo de arribo de LAS MERCANCÍAS a su destino final.
  • Entregar a la línea de transporte correspondiente LAS MERCANCÍAS con el objetivo de que éstas lleguen a su destino final.
  • e) LERMAPACK no será responsable por daños que sufran LAS MERCANCÍAS empacadas por EL CLIENTE.

Las partes convienen que el servicio de mensajería se ajustará a las formas de pago, garantías, términos, plazos, tiempos de entrega, fechas, modalidades y las condiciones contractuales que para tal efecto establezca la línea de transporte correspondiente.

EL CLIENTE se obliga frente a LERMAPACK a lo siguiente:
  • a) Pagar el costo total por los servicios contratados.
  • b) Responder de la veracidad de todo lo declarado en este contrato, incluyendo de forma enunciativa más no limitativa la descripción de LAS MERCANCÍAS.

EL CLIENTE reconoce y acepta que el servicio será prestado siempre y cuando haya proporcionado al personal de LERMAPACK los datos completos y correctos del destinatario mismos que se ubican en el anverso del presente contrato.

LERMAPACK no está obligado a prestar el servicio objeto del presente contrato, tratándose de artículos y/o materiales cuyo traslado esté prohibido por las leyes y reglamentos nacionales, de manera enunciativa, mas no limitativa, sustancias tóxicas, sustancias infecciosas, títulos negociables, metales preciosos, materiales obscenos ofensivos a la moral y a las buenas costumbres, así como cualquier sustancia química, sea enervante, psicotrópico o alcaloide cuya comercialización, traslado o posesión sea castigada por las leyes Mexicanas o internacionales, deslindando de toda responsabilidad a LERMAPACK. Para aquellas mercancías no perceptibles a la vista, LERMAPACK, podrá solicitar a EL CLIENTE abrir los paquetes o bultos correspondientes para verificar su contenido, de negarse EL CLIENTE a mostrar el contenido de LAS MERCANCÍAS LERMAPACK podrá solicitar a EL CLIENTE le muestre una identificación oficial para tomar nota de sus datos y del motivo de su indisponibilidad o negativa de mostrar LAS MERCANCÍAS , EL CLIENTE asumirá en todo momento cualquier responsabilidad frente a terceros, incluyendo cualquier tipo de autoridad, sobre el contenido de los paquetes.

Las partes convienen en que LERMAPACK en ningún supuesto será responsable en el servicio que ofrecen las líneas de transporte, por pérdida o daños, entrega demorada, o no entrega de LAS MERCANCÍAS; ni por caso fortuito, fuerza mayor, por actos o disposiciones de cualquier autoridad, incorrecta o incompleta información del domicilio del destinatario, daño eléctrico y/o magnético, borradura; y en general, cualquier otro daño a imágenes electrónicas, fotografías o grabadas de cualquier otro tipo; así como por los daños ocurridos a componentes o circuitos internos eléctricos/electrónicos que sean parte de cualquier máquina o artefacto.

Siempre que se declare el valor de LAS MERCANCÍAS será posible que EL CLIENTE contrate y pague un seguro, mismo que es otorgado directamente por cada una de las líneas de transporte. En todos los casos LERMAPACK sugerirá a EL CLIENTE que se declare el valor de LAS MERCANCÍAS, con objeto de que se contrate el seguro correspondiente. En su caso, puede aplicar depreciación al valor declarado.

En el caso de que LAS MERCANCÍAS sufran daño o extravío durante su transportación, LERMAPACK actuará a favor de EL CLIENTE ante las líneas de transporte para la localización y reclamo de los paquetes perdidos y/o dañados, y EL CLIENTE se ajustará a lo siguiente:
  • LERMAPACK no asumirá responsabilidad por el pago de reclamos en caso de que la línea de transporte niegue total o parcialmente un reclamo de envíos asegurados por ésta última.
  • LERMAPACK no será responsable por la debida cobranza que tenga que hacer la línea de transporte de los cobros contra entrega. (COD-CASH ON DELIVERY).
  • LERMAPACK no será responsable por paquetes que se hayan enviado sin la debida cobertura de seguro.
  • LERMAPACK no será responsable por el retraso de la línea de transporte en el traslado o entrega final de LAS MERCANCÍAS cuando las líneas de transporte no hayan cumplido con los horarios oficiales. El tiempo que se informa a EL CLIENTE de arribo de LAS MERCANCÍAS, es estimado, según la información recibida por parte de las líneas de transporte.
  • Las líneas de transporte contratadas para prestar los servicios descritos en este contrato están obligadas a cumplir por pérdida total, daños o menoscabo por causas imputables a las mismas, de acuerdo con los convenios celebrados con anterioridad con LERMAPACK.
  • LERMAPACK no será responsable de los daños causados por las líneas de transporte a LAS MERCANCÍAS. Sin embargo, dará apoyo a EL CLIENTE en los trámites necesarios, en caso de que hubiera sido contratado el seguro.
  • Para hacer valer el seguro descrito en la cláusula décima del presente contrato, las líneas de transporte requieren de forma indispensable que el destinatario o EL CLIENTE conserven todos y cada uno de los materiales y sellos del empaque, con el objetivo que un representante de las líneas de transporte pueda inspeccionar con posterioridad.
  • Para el caso de que LAS MERCANCÍAS sufran daños o pérdidas y EL CLIENTE haya contratado el seguro, deberá presentar forzosamente un documento probatorio del valor de estas.

En caso de que las líneas de transporte contratados no puedan entregar LAS MERCANCÍAS, el retorno de estas se hará previa autorización y pago por parte de EL CLIENTE de los gastos que genere el envío y cuando aplique, de los impuestos aduanales generados.

La Procuraduría Federal del Consumidor es competente en la vía administrativa para resolver cualquier controversia que se suscite sobre la interpretación o cumplimiento del presente contrato. Sin perjuicio de lo anterior, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales competentes de la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderle, por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra razón.